Huelgas
* Obligará a sindicatos a cumplir con estatutos para emplazarla
* Se negará cuando los argumentos sean presentados en "forma deficiente"
Sindicatos
* Deberán informar de sus estatutos, contratos y sanciones, además de sus recursos y patrimonios
* No se podrá descontar del salario cuotas sindicales
Contratos colectivos
* Establecerá nuevas reglas para la tramitación de demandas de titularidad de contrato colectivo de trabajo
Modalidades de contratación
* Se incorporan las relaciones "por temporada", de "capacitación inicial" por 3 meses, por "tiempo indeterminado" por 180 días a prueba por 30 días y con prórroga por otros 180 días para puestos gerenciales
Regulación
* Outsourcing para evitar abusos, fraudes y simulaciones
* Trabajo doméstico
* Trabajo en el extranjero
* Teletrabajo, el realizado desde casa o fuera de oficina utilizando Internet
Incorpora derechos
* Del trabajo decente
* Capacitación
* Seguridad e higiene
Obligación
* El patrón deberá inscribir en el Fonacot al empleado
Perspectiva de género
* Combate el acoso sexual
* Erradicar la exigencia de constancias de ingravidez
Salario
* Patrón y trabajador podrán convenir el pago por cada hora de prestación del servicio, sin que se rebase la jornada máxima legal
Junta de Conciliación y Arbitraje
* Cambio en las multas establecidas, la mínima será de 50 días de salario mínimo y el máximo de 315 a cinco mil días
* Limita la generación de salarios vencidos por un máximo de seis meses
Promoción
* Los mecanismos para ocupar plazas privilegiarán la productividad, capacidad, aptitud, puntualidad y asistencia, sobre la antigüedad
Asuetos
* Patrón y trabajador podrán acordar que los días de descanso obligatorio se disfruten otro día
Fuente: http://www.eluniversal.com.mx/notas/666951.html
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