Sofía Noriega / CIMAC
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* Luego de que en Castaños, Coahuila, benefician a militares
Saltillo, Coahuila.— Luego de conocer el fallo que en segunda instancia resolvió una reducción de penas para los militares que la violaron el 11 de julio de 2006 en El Pérsico, Lupita dice que esperaba un criterio más severo de parte de los jueces.
Todavía trabaja en El Pérsico, lugar donde soldados perpetraron la artera agresión y por supuesto que no "estamos de acuerdo en que se bajen las penas, porque el juez minimizó el que nos hayan violado soldados, le dio más importancia a que fuéramos trabajadoras sexuales y que "nos hayan violado cuando estábamos trabajando".
Comenta que Paola y ella, siguieron en El Pérsico después de los hechos de 2006 cuando fueron agredidas y atacadas sexualmente 13 bailarinas en el salón El Pérsico en Castaños.
Lupita de 46 años, dudó en buscar otras alternativas para subsistir, Paola hasta hace poco se fue a Monterrey, a la zona de tolerancia.
Sandra Luna, abogada defensora de las trabajadoras del Pérsico, indicó que apelarán a otras instancias como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) al considerar que no se ha aplicado todo el peso de la ley en contra de quienes incurrieron en abuso de autoridad y prepotencia para consumar la agresión sexual.
"Por mi parte, lo que puedo decir es que fuimos atacadas y abusadas por gente que traía rifles y pistolas, y que hubo un delito que tiene que castigarse, pero lo que pudo haber ayudado a los militares es que muchas compañeras tuvieron mucho miedo de llegar hasta el final por las amenazas que recibieron", dijo Paola.
La justificación
Con la justificación de que en 2006 entraron en vigor las reglas del concurso para dictar sanciones en base a la acumulación de penas y no por la suma aritmética de éstas, es que los soldados que incurrieron en la violación tumultuaria de Castaños obtuvieron reducción a sus sentencias.
"Por la fecha en que se suscitaron los hechos quedaba en entredicho si se aplicaban o no las reformas, es decir, las reglas del concurso que implica no hacer una suma aritmética de la penas, tal como lo hizo el juez de primera instancia Hiradier Huerta, de ahí que las penas que andaban en más de 40 años, bajaron a menos de 20 años de prisión", dijo el magistrado y hasta el año pasado, presidente de la Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de Coahuila, Óscar Nájera Davis.
Además, una omisión en el Código Penal del Estado de Coahuila, derivó en que los soldados a quienes se acreditó el delito de violación a las trabajadoras sexuales en Castaños no hubieran recibido sentencias más altas.
Nájera agregó que por el delito de violación las condenas que establece el Código Penal oscilan entre siete y 14 años de cárcel según las agravantes.
La abogada Sandra Luna, asegura que las afectadas "no tienen contemplado exigir la reparación del daño y no están del todo satisfechas con la nueva resolución". Nubia se retractó de sus acusaciones contra el subteniente Norberto Carlos Francisco Vargas, aunque después de haber sido absuelto, en segunda instancia se determinó que deberá pasar 18 años en prisión".
Por su parte, el magistrado Nájera Davis criticó la actuación del juez Hiradier Huerta, al tomar la retractación de Nubia para dictar sentencia absolutoria en contra del subteniente Norberto Carlos Francisco Vargas, en lugar de tomar en consideración otros elementos probatorios que apuntaban la culpabilidad del elemento con mayor jerarquía que participó en la violación.
"Nosotros si tomamos en cuenta esas pruebas y de ahí que le hayamos dado 18 años de cárcel", dijo.
Mayores beneficios para violadores
Aída Guardiola, abogada defensora de los militares que participaron en la violación tumultuaria en la zona de tolerancia de Castaños, señala que recurrirá al amparo.
La litigante, no tiene empacho en señalar que la retractación de la querella interpuesta por las trabajadoras Wendy y Nubia, fue parte crucial de la reducción de penas en segunda instancia.
Pero niega que haya habido amenazas contra las trabajadoras agredidas o al menos por parte de sus defendidos, a pesar de que las víctimas expresaron ante diferentes medios de comunicación estar siendo coaccionadas y amedrentadas durante el proceso.
Señala que apelará la resolución del Tribunal Superior de Justicia, el cual tuvo dos votos en contra de los magistrados Antonio Berchelman Arizpe y Armín José Valdés Torres, quienes sostienen que las penas de los soldados que participaron en la violación de 13 bailarinas deben ser todavía menores.
Guardiola está satisfecha porque se ratificó la libertad de Norberto González Estrada, Rosendo García Jiménez y Casimiro Ortega Hernández, en tanto que quedó inconforme con el castigo dictado al subteniente Norberto Carlos Francisco Vargas, a quien se le impusieron 18 años de prisión, cuando en primera instancia había sido absuelto.
El juicio de garantías que pretende promover ante el Tribunal Colegiado de Distrito está sustentado en las evidencias y pruebas, "las propias declaraciones de las trabajadoras sexuales son cruciales para nuestros objetivos", precisó la abogada.
CASTAÑOS: JUICIO CIVIL SIN PRECEDENTE
Guadalupe Cruz Jaimes / CIMAC
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* El proceso, sin embargo, fue insuficiente y amañado: Raúl Vera
La impartición de justicia para dos trabajadoras del bar Las Playas y 12 de El Pérsico, quienes en 2006 fueron violadas sexualmente por militares, en la zona de tolerancia de Castaños, Coahuila, ha sido un proceso insuficiente y amañado, pese a ser la primera ocasión en la historia del país, que uniformados del Ejército Mexicano son juzgados por el fuero civil.
La denuncia de este hecho, en voz de las 14 trabajadoras de la zona de tolerancia de Castaños --una de las cuales se retractó meses después de lo ocurrido-- apoyadas por defensores de derechos humanos, como el obispo Raúl Vera, de la Diócesis de Saltillo, Coahuila, llevó a que 12 de los militares fueran juzgados por el fuero civil.
Cabe recordar que la madrugada del 11 de julio de 2006, alrededor de 20 militares violaron sexualmente a dos trabajadoras del bar Las Playas y a 12 mujeres más en El Pérsico, ubicados en la zona de tolerancia, en Castaños.
Los militares del 14 Regimiento de Caballería Motorizado estaban comisionados en Monclova para el resguardo del Instituto Federal Electoral (IFE) y las boletas electorales desde el 3 de julio de ese año.
Las víctimas de los abusos sexuales, algunos cometidos de forma tumultuaria, reconocieron a 12 soldados. Ocho de ellos fueron detenidos y procesados. La justicia civil se impuso sólo a cuatro militares, tres de ellos con penas de prisión (41, 31 y 21 años de cárcel) y el cuarto pagó su fianza y salió libre.
Un noveno militar fue detenido meses después, pero no fue procesado debido a la intervención de un superior jerárquico, y fue absuelto en menos de una semana. Tres más siguen prófugos.
En el memorando AP-I-28209, del 17 de agosto de 2006, el jefe de averiguaciones previas de la Procuraduría General de Justicia Militar precisa que "fueron consignados nueve elementos militares por el delito de abandono de servicio", pero sólo ocho fueron entregados para llevar un proceso por el fuero común, por primera vez en la historia mexicana, luego de que aceptaran que el pelotón MK-19 no estaba cumpliendo ninguna orden militar, pues abandonaron el servicio en las instalaciones del IFE.
Dos soldados fueron liberados el 24 de octubre de 2007, ese mismo día se llevó a cabo un juicio de guerra en Saltillo en contra de los agresores, aunque el Consejo de Guerra emitió sentencias por abandono de sus puestos como custodios de papelería electoral, no por la violación sexual de las trabajadoras de Castaños.
A tres años y medio de la violenta agresión de militares en contra de 13 trabajadoras de la zona de tolerancia de Castaños --quienes sostuvieron su dicho hasta el final del proceso--, la justicia de Coahuila determinó una reducción de condenas.
Lo que para muchos fue un logro, el que integrantes de la milicia hayan sido juzgados por primera vez a través del fuero común, para el obispo Raúl Vera López se trató de un proceso insuficiente y amañado.
Y es que, a decir de Sandra Luna, abogada de las trabajadoras de El Pérsico, las autoridades locales con la "justificación" de que en 2006 entraron en vigor reglas para dictar sanciones con base en la acumulación de penas y no por la suma aritmética de éstas, las sentencias de los soldados que incurrieron en violación tumultuaria fueron reducidas.
Luna indica que por la fecha en que se registraron los hechos queda en entredicho si se aplicaban o no las reformas, es decir, las reglas del concurso que implica no hacer una suma aritmética de la penas, tal como lo hizo el juez de primera instancia Hiradier Huerta, de ahí que las penas que andaban en más de 40 años, bajaron a menos de 20 años de prisión.
Además, una omisión en el Código Penal del Estado de Coahuila derivó en que los soldados a quienes se acreditó el delito de violación a las trabajadoras sexuales en Castaños no hubieran recibido sentencias más altas.
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