BLOG DE ANÁLISIS Y PERIODISMO PROPOSITIVO

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domingo, 12 de junio de 2011

ALERTA AMNISTIA INTERNACIONAL: EJECUCIÓN DE DISCAPACITADO

Está previsto que Eddie Duval Powell, de 41 años y raza negra, sea ejecutado en el estado estadounidense de Alabama el 16 de junio. Fue condenado a muerte en 1998 por un asesinato cometido en 1995. Sus abogados afirman que sufre una discapacidad intelectual que convertiría su ejecución en inconstitucional. 
Mattie Wesson, mujer blanca de 70 años, fue violada y muerta por arma de fuego en su casa cerca de Tuscaloosa, Alabama, en la madrugada del 25 de marzo de 1995.Eddie Powell, vecino de la víctima, fue procesado en 1997. Después de que el jurado no pudo llegar a una decisión sobre si recomendar la cadena perpetua o la muerte, y de que el juez admitió que la fiscalía había actuado indebidamente en la fase de determinación de la culpa, en junio de 1998 se celebró un nuevo juicio completo.  Eddie Powell fue declarado culpable de nuevo, y esta vez el jurado, compuesto por 11 blancos y un negro, decidió por 11 votos contra uno recomendar la pena de muerte.
El jurado escuchó algunos testimonios atenuantes durante el juicio, como que a Eddie Powell se le había evaluado como levemente discapacitado hacia los 10 años de edad y se le había asignado a clases de educación especial. Cuatro años después del juicio, en la causa Atkins v. Virginia, la Corte Suprema de Estados Unidos resolvió que la ejecución de personas que sufrieran discapacidad intelectual violaba la Constitución estadounidense. La Corte no definió la discapacidad intelectual, sino que remitió a las definiciones utilizadas por los órganos profesionales. Según esas definiciones, esta discapacidad, que se manifiesta antes de los 18 años, se caracteriza por un funcionamiento intelectual significativamente inferior a la media (por lo general, señalado por un cociente intelectual inferior a 70), acompañado de limitaciones en dos o más áreas adaptativas, como la comunicación, el cuidado de uno mismo, el trabajo y el funcionamiento en la comunidad. La Corte dejó en manos de los estados individuales la adopción de maneras adecuadas de cumplir la resolución.
Tras la resolución de la Corte Suprema, los abogados encargados de la apelación de Eddie Powell presentaron un recurso basado en la resolución Atkins, pero el recurso fue rechazado.  Ningún tribunal estatal o federal celebró una vista probatoria sobre la cuestión antes de rechazarlo.
Eddie Powell ha sido evaluado recientemente por un psicólogo clínico. El dr. Harvey Switzky ha concluido que si se reúnen todos los datos […] Eddie es una persona con un funcionamiento intelectual general significativamente inferior a la media, en el rango leve de la discapacidad intelectual. Durante su periodo de desarrollo, tanto la familia de Eddie como el sistema educativo consideraron que su funcionamiento estaba dentro de la discapacidad intelectual. También señaló los indicios considerables de que la discapacidad intelectual de Eddie se vio agravada por un entorno social familiar caótico, violento y desestructurado, por el daño cerebral y por el consumo de drogas. Los abogados de Eddie Powell han apelado ante la Corte Suprema de Alabama para pedir que se celebre una vista probatoria, y también han pedido el indulto del ejecutivo, alegando, entre otras cosas, que el jurado no tuvo conocimiento de todas las pruebas atenuantes disponibles (véase la página siguiente).
ESCRIBAN INMEDIATAMENTE, en inglés o en su propio idioma, utilizando sus propias palabras:
    reconociendo la gravedad del delito por el que Eddie Powell fue condenado, y explicando que no pretenden restar importancia a la gravedad del delito ni al sufrimiento que ha causado;
    oponiéndose a la ejecución de Eddie Powell;
    expresando preocupación porque ningún tribunal ha celebrado una vista probatoria sobre la alegación de que Eddie Powell sufre discapacidad intelectual, y porque el jurado no tuvo conocimiento de todas las pruebas atenuantes sobre sus antecedentes;
    señalando que el poder del ejecutivo para conceder el indulto no se ve sujeto a las mismas restricciones que los procedimientos legales imponen a los tribunales;
    pidiendo al gobernador que conceda el indulto a Eddie Powell y conmute su condena de muerte.
ENVÍEN LLAMAMIENTOS LO ANTES POSIBLE, Y ANTES DEL 16 DE JUNIO DE 2011, A:

Gobernador de Alabama
Governor Robert Bentley, Office of the Governor,
State Capitol, 600 Dexter Avenue, Montgomery, Alabama 36130, EE. UU.
Fax +1 334 353 0004 
Tratamiento: Dear Governor / Sr. Gobernador

Envíen también copia a la representación diplomática de Estados Unidos acreditada en su país. Consulten con la oficina de su Sección si van a enviar los llamamientos después de la fecha indicada.

ACCIÓN URGENTE
PREOCUPACIÓN POR LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL EN UNA EJECUCIÓN INMINENTE
INFORMACIÓN ADICIONAL
Cuando el tribunal estatal de primera instancia denegó el recurso presentado en 2004 por Eddie Powell en virtud de la resolución Atkins, el juez concluyó que los argumentos en él presentados se veían rebatidos por el acta judicial y, por tanto, podían ser rechazados sin necesidad de una vista probatoria. Entre otras cosas, el juez señaló el testimonio presentado durante el juicio por la dra. Marianne Rosenzweig, psicóloga contratada como testigo experto por los abogados que defendieron a Eddie Powell. El juez de apelación señaló que la dra. Rosenzweig había declarado que no había encontrado pruebas que respaldaran la evaluación de discapacidad intelectual realizada a Eddie Powell en la escuela, y había manifestado que, en su opinión, Eddie Powell podía haber sufrido simplemente depresión.
En 2007, la dra. Rosenzweig firmó una declaración jurada en la que manifestaba que los abogados la habían contratado tan sólo seis semanas antes del juicio, y que consideraba que eso no era tiempo suficiente para ayudar adecuadamente en la defensa del Sr. Powell. Además, declaró que los abogados no le pidieron que realizara pruebas psicológicas al acusado ni que "confirmara la discapacidad del Sr. Powell mediante un examen de cociente intelectual u otro instrumento de evaluación. A consecuencia de ello, afirma, le fue imposible diagnosticar discapacidad intelectual al Sr. Powell, y en su lugar atribuyó su ubicación anterior en educación especial a la depresión. Según la doctora, ella no tuvo por aquel entonces conocimiento de que Eddie Powell había pasado toda su etapa educativa en el sistema escolar del condado de Lake, Illinois, en clases de educación especial. Si por aquel entonces hubiera tenido la información que más tarde le facilitaron los abogados encargados de la apelación de Eddie Powell, habría insistido en que se realizara un examen de cociente intelectual en el caso del Sr. Powell; de hecho, el estudio de la información facilitada por los abogados de la apelación la llevó a concluir que "durante su infancia, el Sr. Powell mostró muchas características típicas de las personas con discapacidad intelectual, como, por ejemplo, baja autoestima, falta de independencia personal, problemas a largo plazo con los estudios académicos funcionales, sentimientos de alienación y problemas con el pensamiento concreto.
En su reciente evaluación del funcionamiento intelectual de Eddie Powell, el dr. Switzky señaló datos relevantes del nacimiento y la infancia del condenado. Su nacimiento fue difícil y provocó una falta de oxígeno en el cerebro; además, durante el embarazo su madre había consumido anfetaminas y sustancias inhaladas como gasolina e insecticidas. Eddie Powell creció en Illinois en un barrio de mucha delincuencia en la más absoluta pobreza, y sufrió abandono emocional y físico por parte de sus padres, lo que le llevó a frecuentes depresiones y a actos de automutilación y frecuentes intentos de suicidio. Además, continuó el dr. Switzky, Eddie sufrió múltiples lesiones en la cabeza durante su infancia, y se le diagnosticó daño cerebral en los lóbulos frontal y orbital del cerebro.
Los abogados encargados de la apelación también han presentado pruebas atenuantes que no se presentaron al jurado, como el hecho de que el joven Eddie Powell había presenciado actos de violencia en los que estaban implicados sus padres, la pobreza en la que creció (entre otras cosas, cuando estuvieron viviendo en una vivienda subvencionada en Illinois su apartamento estaba tan infestado de cucarachas, ratas y murciélagos que el edificio finalmente fue condenado), la lucha de su madre con la enfermedad mental, el alcoholismo de su padre, los intentos de suicidio del muchacho y las agresiones sexuales que sufrió cuando lo recluyeron en una prisión de adultos antes de haber cumplido los 18 años.  En una resolución dictada en 2008 por un tribunal federal de primera instancia que confirmó la condena de muerte de Eddie Powell, el juez federal señaló que la violencia familiar, la pobreza severa o el alcoholismo no se encontraban entre las pruebas sobre los antecedentes presentadas al jurado; pese a ello, resolvió que, aunque el jurado hubiera tenido conocimiento de estas pruebas, el resultado del juicio no habría sido diferente.
Amnistía Internacional se opone a la pena de muerte en todos los casos, independientemente del delito, del delincuente o del método de ejecución. En Estados Unidos se han llevado a cabo 1.254 ejecuciones desde que se reanudaron los homicidios judiciales en el país en 1977. Alabama ha sido responsable de 52 de estas ejecuciones, y de 3 de las 20 ejecuciones llevadas a cabo en Estados Unidos en lo que va de año.
Ante la escasez nacional de tiopental sódico una de las tres sustancias que ahora utilizan la mayoría de los estados en sus protocolos de inyección letal, algunos estados han modificado sus procedimientos para permitir el uso de un barbitúrico alternativo como primera de las tres sustancias, o para utilizar protocolos de una única sustancia, administrando únicamente un barbitúrico. El sustituto del tiopental sódico elegido y utilizado ya por algunos estados es el pentobarbital. En abril, Alabama anunció que había modificado su protocolo de tres sustancias para permitir el uso de pentobarbital, y el estado llevó a cabo su primera ejecución con esta sustancia el 19 de mayo. El fabricante de pentobarbital, con sede en Dinamarca, ha condenado el uso de la sustancia para ejecuciones, y ha prometido que seguirá instando a los estados de Estados Unidos a que se abstengan de utilizar pentobarbital para la ejecución de presos, ya que contradice todo lo que como empresa representamos.

Si recibe contestación de una autoridad, envíenos el original o una copia, por favor, lo antes posible (ref.: "Equipo AAUU - Respuesta"). Sólo es necesario que indique en el reverso de la misma el número que tiene la Acción Urgente a la que le han contestado (por ejemplo "AU 25/99" o bien "EXTRA 84/99"). No es necesario que nos envíe copia de su propia carta. Si no desea que le enviemos un acuse de recibo, indíquenoslo también en el dorso con las palabras "No acuse". Gracias por su colaboración.

Equipo de Acciones Urgentes de Amnistía Internacional
Secretariado Estatal
Fernando VI, 8, 1º izda.
28004 Madrid
Telf. + 91 310 12 77
Fax + 91 319 53 34
aauu@es.amnesty.org
http://www.es.amnesty.org

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